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Guía Interactiva · Consejo
Confidencial · 2026
Marco Regulatorio del Almacenamiento de Energía

Guía definitiva de los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica en el Sistema Eléctrico Nacional

Un solo documento, interactivo: clasifica tu proyecto, entiende las leyes, las figuras, los estudios, las normas y los trámites — con la interpretación de los principales despachos del sector.

Somos el futuro del almacenamiento de energía
Base: Acuerdo CNE · DACG para la integración de SAEE al SEN
DOF · 16 de abril de 2026 · Actualizado a junio de 2026
Herramienta · Clasificador de proyecto
¿Qué figura le toca a tu proyecto?

Responde una o dos preguntas y obtén al instante la figura aplicable, si necesita permiso, si puede vender energía, qué estudios y normas le aplican, y el siguiente paso.

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Parte I

Fundamentos

Qué es esta regulación, en qué leyes se apoya y el vocabulario para entenderla.

01
El panorama

Resumen ejecutivo

El 16 de abril de 2026 la Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó las Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) para integrar el almacenamiento —baterías y tecnologías equivalentes— al Sistema Eléctrico Nacional. Vigentes desde el 17 de abril, son el primer marco regulatorio completo para el almacenamiento en México y derogan el acuerdo previo A/113/2024.

Llegan en un momento de fuerte presión sobre la demanda eléctrica —impulsada, entre otros factores, por los centros de datos— y consolidan al almacenamiento como activo clave para la confiabilidad del sistema, habilitando que el CENACE adquiera energía, Potencia y Productos Asociados de sistemas privados. Contexto de mercado

01

La figura define todo

Hay 5 modalidades. Permisos, costos, tarifas y el derecho a vender dependen de cuál se elija.

02

Autoconsumo sí, venta no

Detrás del medidor no se vende ni se inyecta, salvo el autoconsumo con venta de excedentes.

03

Permiso solo en un caso

Solo el SAEE no asociado de 0.7 MW o más requiere permiso de almacenamiento de la CNE.

04

Una sola ruta de norma

Se certifica bajo IEC o UL (según corresponda), más NOM, Código de Red y grid forming.

05

El CENACE es la contraparte

Estudios, dimensionamiento, despacho y contratos pasan por el operador del sistema.

02
Pirámide normativa

Marco legal y lo que implica

El reglamento se apoya en una jerarquía de leyes. Saber qué aporta cada pieza permite anticipar de dónde puede venir un cambio o una facultad de la autoridad.

NormaQué estableceLo que implica para un proyecto
Constitución (arts. 25, 27, 28)La planeación y control del SEN y la transmisión y distribución son áreas estratégicas exclusivas del Estado; la CFE no puede ser superada por particularesEl privado participa, pero bajo control del Estado y sin prevalecer sobre la CFE
Ley del Sector Eléctrico (LSE)Reconoce el almacenamiento como actividad del sector (art. 2) y define el SAEE (art. 3). Faculta a la CNE para fijar normas y contraprestaciones (art. 11). Permite agruparse (art. 50) y ofrecer energía y Productos Asociados (arts. 83–85)Base legal de que el almacenamiento puede cobrar por servicios y participar en el mercado bajo el CENACE
Reglamento de la LSE (RLSE)Define la Almacenadora (art. 2), el permiso y sus servicios (art. 29), el respaldo propio para fuentes variables (art. 59), la integración a la red como activo de CFE (art. 192), el umbral de 0.7 MW (art. 193), la operación bajo CENACE (art. 194) y la exclusión de CEL (art. 195)Aquí viven las reglas finas: quién necesita permiso, qué respaldo se exige y cómo se opera
Ley de la CNE (LCNE)Crea la CNE como órgano técnico de la SENER con facultad de regular, supervisar y sancionarDefine quién es la autoridad que otorga permisos y vigila
Lectura para el Consejo

Estas DACG cumplen un mandato del propio RLSE (Vigésimo Transitorio). No son optativas: son el piso regulatorio definitivo. Todo proyecto de OPSLAG —propio o de cliente— se evalúa contra este marco.

03
Vocabulario

Glosario operativo esencial

El lenguaje con el que la regulación mide y califica un sistema. Dominarlo evita errores caros de dimensionamiento.

TérminoDefiniciónPor qué importa
SAEE / BESSSistema de Almacenamiento de Energía EléctricaEl objeto regulado
Capacidad de AlmacenamientoEnergía que guarda, en MWh (6 decimales)El "tamaño" energético
Potencia SAEEPotencia activa que entrega/recibe, en MWSe compara contra la demanda o la capacidad de la central
SOC / SOCmax / SOCminEstado de carga y sus límites de seguridadEl sistema solo opera entre ambos límites
DODProfundidad de descarga máxima (%)Cuánto se puede vaciar la batería
Degradación / Vida ÚtilPérdida de capacidad por uso y tiempoObliga a reponer capacidad si compromete al sistema
DEFDisponibilidad de Entrega FísicaCriterio para acreditar Potencia firme en el mercado
Grid formingTecnología formadora de redObligatoria para inyectar vía electrónica de potencia
VariabilidadFluctuación de la fuente renovable (sol, viento)Dispara el respaldo y el Análisis de Variabilidad
Planeación vinculanteInstrumentos del Estado que orientan dónde integrar recursosCondiciona la ubicación de SAEE no asociados y agrupados
Parte II

Actores y figuras

Quién interviene, las cinco formas de participar y cómo saber cuál te corresponde.

04
El mapa de actores

Entidades: quién es quién y qué obligación tiene

El alcance obliga a un conjunto definido de actores. Saber a quién acudir para cada trámite es la mitad de la gestión.

Autoridades reguladoras

CNERegulador
Comisión Nacional de Energía. Otorga el permiso de almacenamiento, emite las disposiciones, supervisa, sanciona, aprueba la metodología de Análisis de Variabilidad y publica los formatos.
SENERPolítica
Secretaría de Energía. Fija la política, coordina con la CNE y autoriza contratos y alianzas de la CFE, servicios adicionales e importación/exportación.

Operador del sistema

CENACEOperador SEN y MEM
Tu principal contraparte operativa. Recibe solicitudes, realiza los estudios, determina el dimensionamiento, emite el despacho, coordina la operación, puede firmar contratos con SAEE no asociados y publica la metodología de variabilidad.

Empresa Pública del Estado (CFE)

CFEEmpresa Pública
Integra SAEE a su infraestructura, celebra contratos con privados (con aval de la SENER) y presta el servicio de respaldo a autoconsumo.
Transportista / DistribuidoraRNT / RGD
Brazos de transmisión y distribución de la CFE. Dueños exclusivos de los SAEE de red; proponen nodos, subestaciones y circuitos.

Participantes y usuarios (aquí entra OPSLAG y sus clientes)

AlmacenadoraSAEE no asociado
La empresa cuyo negocio es el almacenamiento. Titular del permiso; participa directamente en el MEM.
GeneradoraSAEE-CE
Integra almacenamiento a una central renovable y/o representa SAEE en el mercado.
SuministradoraComercializa
Suministra energía para cargar el SAEE de un centro de carga; puede representar SAEE en el MEM.
Usuaria FinalDetrás del medidor
Centros de Carga y figura de Autoconsumo. Integra SAEE para su propio consumo, sin vender (salvo excedentes).
Mapa de relaciones · el CENACE como eje
CENACE Operador del SEN y MEM CNE Regula · permisos · sanciona SENER Política · autorizaciones CFE Red (RNT/RGD) · respaldo Participantes del Mercado Almacenadora · Generadora · Suministradora Usuaria Final Carga · Autoconsumo
OperadorReguladores y participantes
05
El corazón del documento

Las 5 figuras de participación · matriz maestra

Toda integración de almacenamiento cae en una de estas cinco figuras. Esta matriz es la referencia central de toda la guía.

FiguraQuién la usa¿Permiso?¿Vende?¿MEM?Tarifa de redRegla central
SAEE-CE
Asociado a Central
Solo centrales renovablesNoPor inyecciónUn solo recurso; no inyecta más que su Contrato de Interconexión
SAEE-CC
Centro de Carga
Industria y comercioNoNoNoSolo por retiroEnergía solo para uso en sitio; Potencia ≤ demanda
SAEE-AutoconsumoPermisionarios de autoconsumoNoSolo excedentesLimitadoSegún casoLa capacidad no se suma al permiso de generación
SAEE-RNT/RGD
Infraestructura
Solo CFENo req.Fines del sistemaNoEnergía sin contraprestación; coordina CENACE
SAEE no AsociadoAlmacenadoras independientesSí (≥0.7 MW)50%Actividad regulada; puede dar respaldo
SAEE-CE
Central renovable
Sin permisoVende ✓MEM ✓
SAEE-CC
Centro de carga
Sin permisoNo vendeUso en sitio
SAEE-Auto
Autoconsumo
Sin permisoSolo excedentes
SAEE-RNT/RGD
Infraestructura · solo CFE
No privadosSin MEM
No Asociado
Negocio independiente
Permiso ≥0.7MWVende ✓Tarifa 50%
06
Herramienta de clasificación

Árbol de decisión: ¿qué figura me toca?

La versión visual del clasificador del inicio: ubica cualquier proyecto en su figura a partir de una sola pregunta.

¿Cómo se integra tu SAEE al sistema?
Junto a una central renovable propia
SAEE-CE
Sin permiso · vende
Dentro de un centro de carga
SAEE-CC
Sin permiso · no vende
Dentro de una instalación de autoconsumo
SAEE-Autoconsumo
Venta solo de excedentes
Independiente, como negocio
SAEE no Asociado
Permiso si ≥ 0.7 MW
Como activo de red (solo CFE)
SAEE-RNT/RGD
No aplica a privados
Atajo de lectura

Si el SAEE comparte punto de conexión con una instalación tuya, es asociado y casi nunca requiere permiso. Si vive solo y comercializa almacenamiento, es no asociado y, a partir de 0.7 MW, requiere permiso.

Parte III

Reglas comunes a todas las figuras

Lo que aplica a cualquier proyecto, sin importar la figura: el camino, los estudios, las normas, los permisos y la operación en el mercado.

07
Visión de proceso

La ruta del proyecto paso a paso

De la idea a la operación comercial, todo proyecto recorre —según su figura— estas etapas. El CENACE marca el ritmo.

Clasificar la figura

Definir si es asociado o no asociado (usa el clasificador).

Solicitud al CENACE

Interconexión y/o conexión con la información técnica del SAEE.

Estudios

El CENACE realiza los estudios que correspondan y dimensiona.

Permiso (si aplica)

Solo SAEE no asociado ≥ 0.7 MW; o ajuste del de generación.

Contrato de Interconexión

Se formaliza o modifica con el CENACE.

Operación comercial

Declaratoria de Entrada en Operación Comercial (DEOC) y arranque.

Flujo del trámite · de la idea a la operación
1 · Clasifica la figura del proyecto 2 · Solicitud al CENACE (interconexión y/o conexión) 3 · El CENACE realiza estudios y dimensiona 4 · ¿SAEE no asociado de 0.7 MW o más? No Tramita permiso de almacenamiento ante la CNE · formato CNE_ELECTRICIDAD_02 Ajusta el permiso de generación si aplica (no requiere permiso de almacén.) 5 · Firma o modifica el Contrato de Interconexión 6 · Declaratoria de Operación Comercial (DEOC) ✓ Operación comercial
Etapa del procesoDecisiónRequiere permiso
¿Quién hace qué? · responsabilidades por actor
Solicitante CENACE CNE 1 · Clasifica y solicita 2 · Estudios y dimensiona 3 · Permiso (si ≥0.7 MW) 4 · Contrato Interconexión 5 · DEOC y operación
Solicitante / CENACETrámite ante la CNE
08
Procedimiento

Los estudios: cuáles existen y cuándo aplican

El catálogo de estudios

EstudioQué evalúa
Estudio RápidoFiltro inicial: el CENACE decide si hacen falta estudios completos, alguno, o solo un nuevo contrato. Se usa en Modificaciones Técnicas.
Estudio IndicativoViabilidad preliminar: estado estable (flujos, corto circuito) y variabilidad (potencia, tiempo de descarga, rampa).
Estudio de ImpactoImpacto en la red: flujos, corto circuito, SCR y estabilidad transitoria con grid forming. Tiene Versión Rápida para no asociados de 0.7 a 20 MW.
Estudio de InstalacionesInfraestructura: protecciones, comunicación, control y medición.
Análisis de VariabilidadMide los efectos de una fuente variable y determina la capacidad mínima de almacenamiento o respaldo. Metodología a publicar (90 días) y revisar cada 2 años.
Análisis de ConfiabilidadEvalúa el desempeño del SAEE para la confiabilidad del SEN.

¿Qué estudios aplican según mi caso?

SituaciónEstudios requeridos
Central nueva con SAEE (SAEE-CE)Indicativo + Impacto + Instalaciones
Central existente que agrega SAEEModificación Técnica → Estudio Rápido (y, si aplica, Impacto)
Centro de carga nuevo con SAEEImpacto + Instalaciones
Centro de carga existente que agrega SAEEModificación Técnica → Estudio Rápido
SAEE no asociado de 0.7 a 20 MWImpacto Versión Rápida + Instalaciones
SAEE no asociado mayor a 20 MWPaquete completo de interconexión y conexión
Autoconsumo con fuente variableAnálisis de Variabilidad (dimensiona) + grid forming
Proyecto agrupado de centralesDesde el Estudio Indicativo
Escalera de estudios · del más ligero al más completo
Estudio Rápido Modificaciones técnicas Indicativo Viabilidad preliminar Impacto (tiene Versión Rápida) Instalaciones Infraestructura final A mayor tamaño e impacto en la red, más estudios. Fuente variable suma el Análisis de Variabilidad.
Obligación que perdura

Cuando un SAEE se integra para mitigar la variabilidad de una central, debe mantener su Capacidad de Almacenamiento durante toda la vida del proyecto. Si el CENACE determina que la degradación compromete ese propósito, la empresa debe reponer o actualizar la capacidad. Es un costo de ciclo de vida a contemplar.

Información mínima a entregar

Tipo de tecnología, Capacidad de Almacenamiento, Potencia SAEE, tiempo de respuesta, velocidad de carga/descarga y DOD. Tiempos y costos siguen el Manual de Interconexión y Conexión.

09
Tu pregunta directa

Normas técnicas: ¿IEC, UL o ambas?

El numeral 2.12 obliga a cumplir las normas de la Tabla 1 (IEC) o la Tabla 2 (UL), "según corresponda". La lectura literal: se certifica bajo una de las dos rutas reconocidas —no necesariamente ambas— y, dentro de la ruta elegida, aplican todas sus normas.

Ruta A Internacional

Sistema IEC · Tabla 1
  • IEC 62619 — baterías de litio industriales
  • IEC 62933-5-1 — sistemas conectados a red (general)
  • IEC 62933-5-2 — sistemas electroquímicos

Ruta B Norteamericana

Sistema UL · Tabla 2
  • UL 1973 (3ª ed.) — baterías estacionarias
  • UL 9540 (3ª ed.) — sistemas y equipos de almacenamiento
Matiz a confirmar

Algunos resúmenes de despachos enuncian ambas familias en conjunto. Como el DOF dice "Tabla 1 o Tabla 2, según corresponda", la postura prudente es certificar el equipo bajo la ruta que corresponda a su esquema (la mayoría de BESS globales ya traen UL 9540 o la serie IEC 62933) y validar la ruta aceptada con el organismo de certificación y el área legal antes de cerrar la compra. El cumplimiento se demuestra conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad y rige hasta que se emita la NOM específica.

¿IEC o UL? — cómo lo deciden las DACG

El numeral 2.12 pide cumplir Tabla 1 (IEC) o Tabla 2 (UL), "según corresponda": una ruta reconocida + certificación de laboratorio acreditado. No son excluyentes — comparten evidencia. Para OPSLAG:

IEC

Ruta principal de OPSLAG

Normas reconocidas en México, cubre todo el ciclo de vida y se basa en evaluación de riesgo. Es la base de nuestra certificación.

UL

Se suma por aseguradora y PC

Sobre todo UL 9540A (fuego): es la evidencia que exigen la aseguradora y Protección Civil porque alimenta NFPA 855.

Regla de oro

IEC certifica el equipo/sistema; UL 9540A aporta la evidencia de fuego. Un mismo reporte de propagación (celda 62619 7.3.3 / gran escala 9540A) sirve a las dos rutas. Confirma con tu organismo y con el área legal cuál acepta la ventanilla antes de cerrar compra.

Precisión · qué exige la DACG (16/04/2026)

La DACG nombra explícitamente IEC 62619, IEC 62933-5-1 y 5-2, y UL 1973 y UL 9540 como normas aplicables en tanto no se emita una NOM específica, más el Código de Red y grid forming obligatorio. UL 9540A, IEC 62933-5-3 y 62477-1 son complementarias —no las nombra la DACG— pero las piden aseguradora, Protección Civil (NFPA 855) y las buenas prácticas.

La ruta IEC — la familia 62933 por capas

IEC 62933 no es una norma, es una familia. Cada parte cubre un nivel del sistema — eso define dónde aplica cada una. El núcleo de OPSLAG es 5-1 + 5-2 + 62619.

NormaCapa / qué cubreAplica a
IEC 62933-1Terminología y clasificaciones (transversal)Toda la serie
IEC 62619 · 61427-1Seguridad de celda/batería de litio (base de C-A)La celda LFP de OPSLAG
IEC 62477-1Seguridad del convertidor de potencia (PCS)El PCS del sistema
IEC 62933-5-1 + 5-2El BESS completo como sistema — núcleoTodo el sistema
IEC 62933-2-1 · 3-1Parámetros, desempeño y planeaciónDesempeño y planeación
IEC 62933-4-xAmbiental, falla de batería, fin de vidaAmbiental y disposición
IEC 62933-5-3Modificaciones post-instalaciónCualquier cambio futuro
¿Qué norma aplica? · por nivel del sistema
Empieza por el nivel del sistema que vas a certificar Celda Convertidor Sistema BESS Cambios IEC 62619celda + 7.3.3 IEC 62477-1seguridad PCS 62933-5-1 + 5-2núcleo · sistema IEC 5-3reabre validación Fuego · aseguradora · Protección Civil UL 9540A (reporte) → alimenta NFPA 855

IEC 62619 — la celda LFP y la propagación (7.3.3)

Norma de seguridad a nivel celda/batería de litio industrial (estacionaria, incl. BESS). Es la base de la química C-A y contiene la prueba que la 5-2 exige.

Aplica Cuándo sí

  • Celdas/baterías de litio industriales (incl. BESS)
  • Base de celda exigida para C-A de la 62933-5-2
  • Contiene la propagación 7.3.3 que pide la 5-2

No aplica Cuándo no

  • Químicas no-litio (plomo→60896, Ni→60623/62259)
  • Celdas de consumo/portátiles (→62133)
  • No cubre el sistema completo (eso es 62933)

Qué evalúa: cortocircuito, sobrecarga y sobredescarga; abuso térmico y mecánico; propagación térmica entre celdas (7.3.3); diseño del BMS y ventilación de gases; fabricación y control de calidad.

Nota OPSLAG

Las celdas LFP de OPSLAG entran aquí. El reporte 7.3.3 alimenta la evidencia de propagación que pide la 5-2 y complementa —no reemplaza— la prueba UL 9540A a nivel de sistema.

IEC 62933-5-1 y 5-2 — el sistema (núcleo de OPSLAG)

5-1:2024 es el marco general de seguridad para cualquier almacenamiento conectado a la red (toda tecnología y tamaño) — el piso común. 5-2:2020 es la norma central: el BESS electroquímico visto como sistema (interacciones entre batería, PCS, control, térmico y protecciones; gases; propagación) a lo largo de todo el ciclo de vida. La 5-2 se aplica siempre junto con la 5-1.

Cómo se demuestra (tres frentes): (1) evaluación de riesgo — FMEA / FTA / HAZOP / STAMP a nivel componente, módulo y sistema; (2) reducción de riesgo en orden — diseño inherentemente seguro → guardas y protecciones → información al usuario; (3) validación — Type test (una vez, reutilizable) + FAT (cada unidad) + SAT (en sitio).

Inmersión — punto fino

El fluido dieléctrico es un fluido peligroso del sistema: exige contención al volumen máximo, compatibilidad de materiales y toxicidad (7.10.7 / 7.11.3.6). Su caracterización (inflamación, rigidez) se apoya en UL 9540 y en el SDS, no de forma literal en la 62933.

Clasificación V/E/S/C — qué requisitos activa tu proyecto

La 5-2 clasifica cada BESS en cuatro ejes (Tabla 1). Esto decide qué requisitos condicionales se activan. El perfil típico de OPSLAG es V-L / E-L / S-O / C-A.

EjeValoresQué activa (ejemplos)
V — Voltaje POCV-L (≤1 kV AC / 1.5 kV DC) · V-HV-L: IEC 60364, sobrecarga Type+FAT. V-H: IEC 61936-1, falla a tierra en sitio (SAT), sobretensión cat. IV
E — EnergíaE-S (≤20 kWh) · E-LE-S: ensayo sobre el gabinete. E-L: capacitación a operadores; ensayo sobre subsistemas
S — SitioS-O (ocupado) · S-U (no ocupado)S-O: incendio interno + IP2X. S-U: IP mínimo IPX4; señalización de área restringida
C — QuímicaC-A litio · C-B acuoso · C-C alta temp · C-D flujo · C-Z otrosC-A: propagación 62619 7.3.3 + UL 9540A. C-D: detección automática de fuga
Perfil OPSLAG

V-L / E-L / S-O / C-A fija: IEC 60364 y sobrecarga como Type+FAT, incendio interno + IP2X, y propagación por 62619 7.3.3 + UL 9540A a gran escala.

Matriz de validación — Type / FAT / SAT

Type test: una vez, reutilizable si el laboratorio está acreditado. FAT: cada unidad en fábrica. SAT: en sitio. Muchos ensayos dependen de la clasificación V/E/S/C.

EnsayoTypeFATSATCondición
Accesibilidad a partes vivassegúnE-S gabinete / E-L subsistemas
Humedad y contaminación (IP)IPX4 mín. S-U; IP2X si contacto no capacitado
Aislamiento y choqueV-Hcat. III (V-L) / IV (V-H crítico)
Sobrecarga / sobredesc. / falla a tierraV-LV-LV-HV-L: Type+FAT · V-H: SAT
Anti-islandingV-H
Detección de gas / off-gasvalidación en sitio
Propagación de incendioC-A: 62619 7.3.3 + UL 9540A (Anexo C)
Temperatura en operación
Antes de contratar laboratorio

El reparto exacto Type/FAT/SAT por ensayo lo fija la Tabla 5 de la 5-2. Cotéjalo contra tu copia oficial antes del plan formal.

Procedimiento de certificación IEC — paso a paso

IEC no certifica: lo hace un organismo de evaluación de la conformidad acreditado (TÜV, Intertek, DNV, UL). El laboratorio y el organismo deben estar acreditados por la EMA en México.

Proceso de certificación IEC · con el lazo del safety case
1 · Solicitud al organismo acreditado (alcance + V/E/S/C) 2 · Revisión documental (diseño · FMEA / FTA / HAZOP) 3 · Type tests (Cláusula 8) · laboratorio acreditado ¿Riesgo tolerable? safety case · evaluación de diseño No reabre diseño 4 · Evaluación de fábrica · FAT por unidad 5 · Emisión del certificado (5-1 + 5-2) 6 · Vigilancia · auditorías + gestión de cambios (5-3) 7 · Marcado y documentación ✓ Sistema certificado
1

Solicitud

Al organismo acreditado, con el alcance y la clasificación V/E/S/C.

2

Revisión documental

Expediente de diseño, evaluación de riesgo (FMEA/FTA/HAZOP), especificaciones y manuales.

3

Type tests

Ensayos de tipo (Cláusula 8) en laboratorio acreditado — reutilizables.

4

Evaluación de fábrica

Sistema de calidad para producción en serie; FAT por unidad.

5

Certificado

Emisión contra 5-1 + 5-2, con la clasificación y el alcance.

6

Vigilancia

Auditorías de seguimiento y gestión de cambios (5-3).

7

Marcado y docs

Marcado y documentación conforme a la norma (alimenta a PC y aseguradora).

Ruta crítica IEC

El cuello de botella es el safety case: evaluación de diseño (5-1+5-2) + Type tests (~6–12 meses), que puede reabrirse si el riesgo no es tolerable. La celda (62619) es el gate previo — sin ella no arranca la evaluación del sistema.

El caso OPSLAG — inmersión LFP (V-L/E-L/S-O/C-A)

Sistema típico: inmersión, LFP, conectado a red. Esto es lo que aplica y lo que no:

Aplica Lo que sí

  • 62933-1 + 5-1 + 5-2 (perfil V-L/E-L/S-O/C-A)
  • IEC 62619 (celda) + propagación 7.3.3
  • IEC 62477-1 (PCS) y 5-3 ante cambios
  • 62933-2-1/3-1 (desempeño) y 4-x (ambiental)

No aplica Lo que no

  • 5-2 no aplica a no-electroquímicas
  • Normas de celda no-litio (plomo, Ni)
  • Requisitos exclusivos de V-H (si POC ≤ 1 kV AC / 1.5 kV DC)

Cláusulas que activa el perfil: IEC 60364 y sobrecarga Type+FAT (V-L); incendio interno + IP2X (S-O); propagación 62619 7.3.3 + UL 9540A a gran escala (C-A); contención, compatibilidad y toxicidad del fluido de inmersión (7.10.7 / 7.11.3.6).

IEC 62933-5-3 — cambios post-instalación

Seguridad ante modificaciones no planificadas de un BESS ya instalado. Se aplica junto con la 5-2. Aplica a: cambios de capacidad; reemplazo de componentes (incl. no-OEM); reubicación física.

Nota OPSLAG

Cualquier ampliación, cambio de celda/PCS/firmware o reubicación cae aquí y puede reabrir la validación (Type/FAT/SAT). Implica versionar firmware y configuración: cada cambio relevante se documenta y traza.

UL — la ruta norteamericana (1973 / 9540 / 9540A)

Menos peso que la IEC para certificar, pero es la que exigen aseguradoras y Protección Civil porque alimenta NFPA 855.

1973

Batería estacionaria

Celda · módulo · rack · BMS para ESS (listing NRTL). Es el componente base de UL 9540.

9540

Sistema ESS completo

Listing del sistema por NRTL: integra batería (1973) + PCS (1741). Exigido por AHJ, aseguradoras y NFPA 855. Solo cubre la configuración exacta evaluada.

9540A

Método de fuego (4 niveles)

Prueba de thermal runaway a nivel celda→módulo→unidad→instalación. No es certificación: genera un reporte. Es la entrada a NFPA 855 y la evidencia más fuerte ante aseguradora y PC.

Ruta crítica UL

UL 9540A (fuego) es el pole más largo — hasta 18 meses — y gobierna todo porque alimenta las separaciones de NFPA 855. La cadena previa es UL 1973 (celda) → UL 9540 (sistema).

IEC vs UL — cuándo cada una

AspectoIEC — 62933 / 62619UL — 1973 / 9540 / 9540A
NaturalezaMarco de seguridad de sistema + safety caseListing de producto/sistema + método de fuego
AlcanceCiclo de vida completo, evaluación de riesgoConstrucción, ensayos y comportamiento ante fuego
Dónde pesaInternacional · Europa · MéxicoNorteamérica · aseguradoras · NFPA 855 / IFC
CeldaIEC 62619UL 1973
SistemaIEC 62933-5-1 + 5-2UL 9540
Fuego5-2 + gran escala (Anexo C → 9540A)UL 9540A
Quién certificaOrganismo acreditado (TÜV/Intertek/DNV/UL)NRTL (UL / Intertek / CSA…)
Lo ideal para OPSLAG

IEC como base de certificación + UL 9540A para la evidencia de fuego que sostiene las separaciones de NFPA 855. Un mismo reporte de propagación sirve a los dos marcos.

Entidades que participan — con quién se hace cada cosa

EntidadRolCuándo la tratas
SENERPolítica energética y planeación vinculantePolítica · Manifestación de Impacto Social
CNERegulador; emite permisos y las DACG (sustituyó a la CRE)Permiso de almacenamiento · modalidad · cumplimiento
CENACEOperador del SEN; estudios de interconexión y contrato (SIASIC)Interconexión · estudios · contrato
CFETransmisión, distribución y suministroObras de interconexión · medición
Protección CivilPIPC, separaciones y medidas contra incendio (NFPA 855)PIPC · dictamen · visto bueno
EMAAcredita laboratorios y Unidades de VerificaciónElegir laboratorio / UVIE acreditados
UVIEVerifica NOM-001-SEDE y emite el dictamenVerificación de la instalación eléctrica
Organismos de certificación
(UL · Intertek · TÜV · DNV)
Certifican producto y sistema (celda, sistema, fuego)Certificación de celda, sistema y fuego
AseguradoraEvalúa riesgo (pide UL 9540A / NFPA 855) y emite pólizaAsegurabilidad del proyecto

Ruta de trámites — de proyecto a conexión autorizada

La ruta administrativa completa. El permiso y la modalidad (CNE) y la interconexión (CENACE) pueden avanzar en paralelo con la certificación técnica (IEC/UL); la verificación NOM-001 (UVIE), Protección Civil y el seguro cierran el expediente antes de energizar.

¿Con quién se gestiona el permiso?

El permiso de almacenamiento se gestiona ante la CNE (Comisión Nacional de Energía) con el formato CNE_ELECTRICIDAD_02, y solo lo requiere el SAEE no asociado ≥ 0.7 MW. Los SAEE asociados (CE, CC, Autoconsumo) no tramitan permiso de almacenamiento: se integran a su permiso/modalidad. La interconexión se gestiona con el CENACE (es un contrato, no un permiso).

Con quién se gestiona cada trámite
TrámiteEntidadCómo / instrumento
Permiso de almacenamiento (no asociado ≥ 0.7 MW)CNEFormato CNE_ELECTRICIDAD_02
Modalidad / registro (CE, CC, Autoconsumo)CNESe integra al permiso de generación; sin permiso separado
Estudios + contrato de interconexión/conexiónCENACEManual de Interconexión y Conexión (MIC); mismo punto existente
Obras de interconexión/conexiónCFETransportista (RNT) / Distribuidora (RGD)
Autorización de impacto socialSENERPrevia a iniciar obras
Verificación NOM-001-SEDEUVIEUnidad acreditada por la EMA → dictamen
Certificación técnica IEC/ULOrganismo acreditadoLaboratorio + organismo acreditados por la EMA
Seguridad / incendioProtección CivilPIPC + dictamen (NFPA 855)
SeguroAseguradoraPóliza (sustentada en UL 9540A)
Operación en el MEMCENACEDespacho; SAEE = Centro de Carga al retirar / Central al inyectar
1

Permiso y modalidad · CNE

Definir modalidad SAEE y tramitar el permiso de almacenamiento (si es no asociado ≥ 0.7 MW).

2

Interconexión · CENACE

Vía SIASIC: Estudio Indicativo → Impacto (o Versión Rápida) → Instalaciones → Contrato. Ventana de 10 días hábiles entre estudios.

3

Certificación técnica · IEC/UL

Arranca en paralelo desde el inicio: celda (62619) → sistema (5-1+5-2) → fuego (UL 9540A).

4

Verificación NOM-001 · UVIE

Dictamen de la instalación eléctrica por Unidad de Verificación acreditada por la EMA.

5

Protección Civil · PIPC

Programa Interno, separaciones y medidas contra incendio (NFPA 855, apoyado en UL 9540A).

6

Seguro · aseguradora

Evaluación de riesgo y póliza que hace el proyecto asegurable.

7

Energizar y operar

Con expediente cerrado: contrato de interconexión firmado + dictámenes + póliza → Declaratoria de Operación Comercial.

Ruta crítica · qué corre en paralelo
0369121518 m
Permiso · CNE
Modalidad + permiso
Interconexión · CENACE
Estudios → contrato
Celda · IEC 62619
Gate previo
Sistema · IEC 5-1/5-2
Safety case · 6–12 m
Fuego · UL 9540A
Pole más largo · hasta 18 m
NOM-001 · UVIE
Dictamen
Protección Civil
PIPC
Seguro
Póliza
🔴 La ruta crítica es el fuego (UL 9540A): Protección Civil y el seguro no cierran sin ella, y el safety case IEC (5-1/5-2) es el segundo cuello de botella. Por eso la certificación técnica arranca en paralelo desde el día uno. Plazos representativos, no comprometidos.
Tratamiento transitorio vigente (DACG 16/04/2026)

Mientras se actualizan las Reglas del Mercado y el Manual de Interconexión y Conexión (MIC), el SAEE se trata como Centro de Carga cuando retira energía del SEN y como Central Eléctrica cuando la inyecta. Se instala en el mismo punto de interconexión/conexión existente y la solicitud se tramita conforme al MIC. El CENACE publica la metodología del Análisis de Variabilidad (90 días naturales); el formato CNE_ELECTRICIDAD_02 proviene de la DACG de Permisos (DOF 23/10/2025) y su Acuerdo de formatos (DOF 22/05/2026), ya publicados.

Ruta crítica del trámite

La cadena de estudios de CENACE manda: cada paso abre una ventana de 10 días hábiles o pierde vigencia. Y Protección Civil y el seguro no cierran sin la evidencia de fuego (UL 9540A). Por eso conviene arrancar la certificación técnica en paralelo desde el día uno.

Casos prácticos — qué aplica y qué hacer según tu proyecto

Este es el resumen operativo del manual. La certificación técnica del equipo (IEC 62619 + 62933-5-1/5-2, y UL 9540A para fuego) aplica a TODAS las figuras — lo que cambia entre casos es el permiso, la venta y los estudios.

Regla clave del manual

La seguridad no se negocia: el equipo se certifica igual en cualquier figura. La figura solo cambia si necesitas permiso, si puedes vender y qué estudios te pide el CENACE.

Figura¿Permiso?¿Vende?Estudios / CENACECertificaciónPC + Seguro
SAEE-CE
junto a central renovable
NoSí (MEM)Interconexión — comparte el punto de la centralIEC 62619 + 5-1/5-2 · UL 9540A
SAEE-CC
centro de carga
NoNo — uso en sitioConexión — Potencia ≤ demandaigual
AutoconsumoNoSolo excedentesConexión + respaldo (art. 59 RLSE si fuente variable)igual
No asociado
≥ 0.7 MW
· CNE_ELECTRICIDAD_02Sí (MEM)Cadena completa: Indicativo → Impacto → Instalaciones → Contratoigual + expediente completo
RNT / RGD
activo de red (CFE)
N/A (CFE)No — infraestructuraPlaneación de la CFEigual

Tres ejemplos concretos de punta a punta:

A

Respaldo industrial · Autoconsumo

Inmersión LFP, 3 MWh, planta ocupada → perfil V-L/E-L/S-O/C-A. Sin permiso. Certifica 62619 (7.3.3) + 5-1/5-2 + UL 9540A. CENACE: conexión + respaldo si hay solar. Cierra con NOM-001 (UVIE) + PIPC + seguro. Tratas con: CFE/CENACE, Protección Civil, aseguradora.

B

Almacenadora en mercado · No asociado

20 MW / 80 MWh, arbitraje + potencia + servicios. Permiso CNE (CNE_ELECTRICIDAD_02). Expediente completo IEC + UL 9540A. CENACE: cadena completa → Contrato. Cierra con UVIE + PC + seguro. Tratas con: CNE, CENACE, PC, aseguradora, UVIE.

C

Junto a parque solar · SAEE-CE

Comparte el punto de interconexión, arbitra y firma potencia. Sin permiso. Certificación igual (62619 + 5-1/5-2 + UL 9540A). CENACE: modifica la interconexión existente. Tratas con: CENACE, CNE (registro), PC, aseguradora.

Cómo usar este manual

1) Identifica tu figura (Parte II / clasificador). 2) Lee su fila en la tabla de arriba: permiso, venta y estudios. 3) Sigue el proceso de certificación IEC (mismo para todos) y suma UL 9540A para PC y seguro. 4) Corre permiso, interconexión y certificación en paralelo (ver ruta crítica).

Checklist del expediente — qué documentos reunir

Todo lo que debe existir en el expediente antes de energizar. Úsalo como lista de verificación por proyecto.

Certificación técnica
  • Certificado IEC 62933-5-1 + 5-2 del sistema, emitido por organismo acreditado (con clasificación V/E/S/C y alcance).
  • Reporte IEC 62619 de la celda LFP, incluyendo la prueba de propagación 7.3.3.
  • Certificado/ensayo del PCS conforme a IEC 62477-1.
  • Reporte UL 9540A (fuego a gran escala) — evidencia para NFPA 855, aseguradora y Protección Civil.
  • Datasheet y SDS del fluido de inmersión (inflamación, rigidez dieléctrica, toxicidad, contención).
Regulatorio · mercado
  • Permiso de almacenamiento (CNE_ELECTRICIDAD_02) si es no asociado ≥ 0.7 MW; si no, registro de la modalidad SAEE.
  • Solicitud/Contrato de interconexión (CENACE) con la cadena de estudios que corresponda.
  • Declaratoria de Operación Comercial (DEOC) al cierre.
Instalación eléctrica
  • Dictamen NOM-001-SEDE-2012 emitido por UVIE acreditada por la EMA.
  • Cumplimiento del Código de Red y capacidad de grid forming para inyección.
  • Memoria de cálculo y diagramas eléctricos as-built.
Seguridad · sitio · financiero
  • PIPC y dictamen de Protección Civil (separaciones y medidas contra incendio, NFPA 855).
  • Póliza de seguro vigente (sustentada en UL 9540A / NFPA 855).
  • Plan de respuesta a emergencias y capacitación de operadores (obligatoria para E-L).
  • Control de versiones de firmware/configuración (base para la gestión de cambios 5-3).
Tip de expediente

Arma el expediente en capas: celda → sistema → fuego → instalación → sitio → financiero. Cada capa habilita la siguiente; la de fuego (UL 9540A) es la que desbloquea Protección Civil y el seguro.

Requisitos que aplican en todos los casos

  • NOM-001-SEDE-2012 y Código de Red: siempre obligatorios, además de la ruta IEC/UL.
  • Grid forming obligatorio para todo SAEE que use electrónica de potencia para inyectar a la red.
  • Capacidad de falla: corriente de al menos 2 veces la nominal, sostenida mínimo 700 ms.
  • Tecnologías admitidas (lista abierta): baterías, mecánico, rebombeo, volantes de inercia, gravitacional, térmico, aire comprimido, hidrógeno/amoniaco verde.
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Trámite

Permisos y formatos

Situación¿Permiso de almacenamiento?
SAEE parte de una central con permiso de generaciónNo
SAEE en un centro de cargaNo
SAEE en autoconsumoNo
SAEE no asociado menor a 0.7 MWNo
SAEE no asociado igual o mayor a 0.7 MWSí (CNE)
Cualquier SAEE que participe en el MEMPermiso de CNE o autorización de la SENER, con representación
SAEE de infraestructura de CFE (RNT/RGD)No requiere (y no participa en MEM)
¿Requiero permiso de almacenamiento? · decisión paso a paso
Tu SAEE / BESS ¿Es activo de red de la CFE? (RNT / RGD) No requiere permiso · sin MEM No ¿Asociado a central, carga o autoconsumo? No requiere permiso de almacén. (puede requerir ajustar el permiso de generación) No ¿Potencia ≥ 0.7 MW? SÍ requiere permiso de la CNE formato CNE_ELECTRICIDAD_02 No No requiere permiso
DecisiónSí requiere permisoNo requiere
Actualización (mayo 2026)

La CNE ya publicó los formatos: CNE_ELECTRICIDAD_02 para el permiso de almacenamiento y CNE_ELECTRICIDAD_01 para generación (incluido el que integra SAEE). El permiso de almacenamiento debe detallar los servicios que el sistema puede prestar, incluidos los que se presten bajo contrato con el CENACE. Acuerdo CNE · DOF 22 may 2026

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Reglas transversales

Operación en el mercado (MEM)

Condiciones que aplican a cualquier SAEE que participe en el mercado, sin importar su figura. Estructura alineada con Greenberg Traurig

  • Requiere Sistema de Medición en el punto de interconexión/conexión.
  • Son recursos de energía limitada: presentan Ofertas de Compra y de Venta en el Mercado de Energía de Corto Plazo.
  • Despachable: al retirar energía no adquiere obligaciones de comercializador de carga. No despachable: sí las adquiere.
  • Acreditación de Potencia: con 3 horas o más de duración pueden acreditar Potencia en el Mercado para el Balance de Potencia.
  • Pueden celebrar contratos bilaterales de largo plazo y Contratos de Cobertura Eléctrica. No reciben CEL.

Esquema transitorio de ofertas

Hasta que el mercado habilite funcionalidades para SAEE: Síntesis de DLA Piper

  • SAEE-CE: la descarga se incorpora a la oferta de venta de la central; si carga desde la RNT, oferta de compra fija en horas de carga.
  • SAEE-CC: oferta de compra fija, sumando la carga y descontando la descarga de su demanda.
  • SAEE no Asociado: oferta de compra fija para la carga y oferta de venta en formato térmico para la descarga.
Parte IV

Reglas específicas por figura

Lo propio de cada modalidad: detrás del medidor, autoconsumo, mercado mayorista, infraestructura y agrupación.

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Foco prioritario

Detrás del medidor

El almacenamiento vive del lado del consumidor, sin cruzar comercialmente a la red. Regla de oro: autoconsumo sí, venta no.

¿Puedo vender o inyectar energía a la red?
¿Es detrás del medidor? (centro de carga o autoconsumo sin excedentes) NO puede inyectar ni vender Solo uso en sitio (y demanda controlable) No ¿Es autoconsumo CON venta de excedentes? Inyecta excedentes si la fuente es variable, exige respaldo propio No SÍ vende energía, Potencia y Servicios Conexos en el MEM (SAEE-CE o no asociado · bajo despacho del CENACE)
DecisiónSí vendeNo vende

SAEE asociado a Centro de Carga (SAEE-CC)

  • Es parte de las instalaciones del Centro de Carga: no requiere permiso; su uso es libre.
  • La energía para cargarlo se adquiere vía Suministradora o como Usuario Calificado Participante del Mercado.
  • Prohibición clave: la energía se destina a necesidades en sitio; no puede inyectarse ni venderse. Única apertura: reducción de demanda / demanda controlable.
  • La Potencia del SAEE debe ser ≤ la demanda del centro; solo carga desde su propio punto de conexión sin exceder la carga contratada.

Las ventajas reales (sin venta)

El retorno viene del ahorro: reducción de demanda máxima (peak shaving) para bajar cargos por capacidad, Demanda Controlable, respaldo ante contingencias y aprovechamiento de excedentes solares hoy mal compensados. Lectura de integradores

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Detalle

Figuras de Autoconsumo en detalle

La puerta de entrada más común para industria y comercio. Se rige por este capítulo y por las Disposiciones de Autoconsumo (DOF, 12 dic 2025).

Regla común

  • Ninguna requiere permiso de almacenamiento.
  • La capacidad del SAEE no se adiciona a la capacidad de generación del permiso de autoconsumo.
  • Integrar un SAEE es una modificación de instalaciones; si cambia la demanda, se actualiza el Registro de Autoconsumo.

Las cuatro subfiguras

SubfiguraQuién¿Inyecta?Regla central
A · Usuaria de AutoconsumoEl consumidorNoPotencia ≤ demanda; puede operar aislado o conectado, sin inyectar desde el centro de consumo
B · Central de AutoconsumoTitular del permisoSegún esquemaSAEE como parte de la central, para fines del autoconsumo
C · Con venta de excedentesTitular con excedentesSi la fuente es variable, activa el respaldo propio (art. 59 RLSE)
D · Sin venta de excedentesTitular sin excedentesNoEnergía exclusivamente para necesidades propias o del grupo

La obligación de "respaldo propio" (Capítulo IX)

Para autoconsumo con venta de excedentes y fuente variable, el CENACE dimensiona el respaldo. La empresa elige entre:

  1. Integrar un SAEE propio dimensionado por el CENACE.
  2. Contratar respaldo con CFE, conforme al modelo de contrato de las Disposiciones de Autoconsumo.
  3. Contratar respaldo con un tercero (Almacenadora, Generadora o Suministradora con centrales firmes despachables).
Punto de atención financiera

Para un proyecto renovable con venta de excedentes, el respaldo es un costo regulatorio ineludible. Hay que modelar batería propia frente a contrato de respaldo antes de invertir — y aquí OPSLAG puede posicionarse como proveedor de la cobertura vía SAEE no asociado.

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Foco prioritario

Mercado mayorista: CE y no asociado

SAEE asociado a Central Eléctrica (SAEE-CE)

  • Solo centrales renovables. No requiere permiso de almacenamiento; sí se ajusta el permiso de generación.
  • Opera a disposición del CENACE o del representante de la central, siempre como un solo recurso.
  • Puede cargarse con energía propia o desde la red (declarándolo). No inyecta más que su Contrato de Interconexión.
  • Permisos viejos (LSPEE / LIE) deben migrar al marco de la LSE.

SAEE no Asociado (negocio independiente)

  • Empresa cuyo negocio es el almacenamiento (Almacenadora), sin estar pegada a planta o carga.
  • Requiere permiso de la CNE. Participa como Almacenadora o representada por Generadora/Suministradora.
  • Goza del 50% de descuento en tarifa de red y puede ofrecer respaldo a renovables que no instalen su propia batería.
  • El CENACE puede firmar contratos de corto, mediano y largo plazo cuando resulte más eficiente que alternativas convencionales.
  • Sistemas de 0.7 a 20 MW: Estudio de Impacto Versión Rápida + Instalaciones.

Modelo de ingresos · cómo gana dinero un SAEE

Las fuentes de valor están repartidas por todo el reglamento; aquí se consolidan en un solo lugar. Cada barra indica qué figuras pueden acceder a ese ingreso.

Fuentes de ingreso de un sistema de almacenamiento
Arbitraje de energía · cargar barato, descargar caro SAEE-CE · No asociado Balance de Potencia · acredita Potencia si dura ≥ 3 h SAEE-CE · No asociado Servicios Conexos · regulación de frecuencia, reservas No asociado · CE Contratos con el CENACE · corto, mediano y largo plazo No asociado Coberturas y contratos bilaterales de Potencia SAEE-CE · No asociado Servicio de respaldo a renovables variables No asociado Detrás del medidor (SAEE-CC / Autoconsumo): el valor viene del AHORRO — peak shaving y demanda controlable. Ventaja de costo: 50% de tarifa de red para no asociados · Importante: los SAEE no reciben Certificados de Energías Limpias (CEL).
Ingreso de mercadoContrato / servicio
Lectura para el Consejo

El descuento del 50% en tarifa de red para SAEE no asociados es el incentivo económico más fuerte del documento. Debe cuantificarse en todo business case.

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Casos especiales

Infraestructura de CFE y agrupación

SAEE de infraestructura (SAEE-RNT/RGD) — exclusivo de CFE

  • Baterías que forman parte de la infraestructura de transmisión o distribución, propiedad exclusiva de la CFE.
  • Operan bajo coordinación del CENACE para fines del sistema. No participan en el MEM.
  • La energía que manejan no genera pagos ni contraprestación; no pueden asociarse a central ni centro de carga.

Agrupación de SAEE

Varios interesados pueden unirse para instalar un SAEE compartido, siempre que:

  • Lo permita la planeación vinculante del CENACE y se asocien solo entre personas del mismo carácter.
  • Se ubiquen en la misma subestación, nodo o área eléctrica que el CENACE determine.
  • Designen un representante comercial y un responsable técnico solidario ante la red.
  • El SAEE se registre y opere como un único recurso; los costos de obras se socializan entre beneficiarios.
Parte V

Implementación y decisión

El estado de la transición, los riesgos y las conclusiones que el Consejo debe llevarse.

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Plazos

Régimen transitorio y hoja de ruta

Hoja de ruta regulatoria · estado a junio de 2026
17 abr 2026 Entrada en vigor Deroga A/113/2024 May 2026 CNE publica formatos de permiso HOY ~Jul 2026 CENACE: metodología Análisis de Variabilidad Por definir Reglas del Mercado y Manual de Interconex.
CumplidoPendiente próximoPor definir
TransitorioContenidoEstado a jun 2026
Primero / SegundoEntrada en vigor y derogación del A/113/2024Hecho ✓ (17 abr 2026)
Tercero a SextoTrato transitorio (carga/inyección), Manual vigente y ofertas provisionales por modalidadVigente (temporal)
SéptimoCENACE publica metodología de Análisis de VariabilidadPendiente · vence ~jul 2026
OctavoCNE publica formatos de permisoHecho ✓ (may 2026)
NovenoRecurso despachable hasta actualizar Reglas del MercadoVigente (temporal)
Para el Consejo

El marco está vigente y varios entregables ya se cumplieron. Quedan la metodología de variabilidad y los ajustes al Manual de Interconexión y a las Reglas del Mercado. Es el momento de posicionar proyectos, con seguimiento cercano a estos pendientes.

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Riesgo regulatorio

Supervisión, sanciones y controversias

  • La CNE puede ordenar visitas de verificación, requerir información y citar a comparecer.
  • Los representantes de SAEE deben atender a la Unidad de Vigilancia del Mercado.
  • Las infracciones se sancionan conforme a la LSE y el RLSE, sin perjuicio de responsabilidad civil o penal.
  • Las controversias se resuelven conforme a la LSE, el RLSE y las Reglas del Mercado.

Matriz de riesgos y mitigación

Los principales riesgos que el Consejo debe tener presentes y cómo se acotan.

RiesgoImplicaciónMitigación
Regulatorio · reglas pendientesLa metodología de variabilidad y los ajustes a Reglas del Mercado y al Manual aún no salen; pueden cambiar parámetros de diseñoDiseñar con margen; dar seguimiento mensual a publicaciones de CNE y CENACE
Certificación · ruta IEC/ULAmbigüedad sobre si aplica una ruta o ambas puede frenar la compra del equipoConfirmar la ruta con el organismo de certificación y el área legal antes de ordenar; elegir equipo con UL 9540 o serie IEC 62933
Degradación · reposiciónSi la capacidad cae por debajo de lo requerido, el CENACE puede exigir reponerlaSobredimensionar según la degradación prevista; presupuestar el reemplazo en el ciclo de vida
Cronograma · estudios del CENACELos tiempos de estudio determinan la fecha real de operación y pueden retrasar ingresosPresentar solicitud completa desde el inicio; anticipar el tipo de estudio según la figura
Permiso · umbral 0.7 MWCruzar el umbral activa el permiso de almacenamiento y obligaciones adicionalesDefinir la potencia objetivo con plena conciencia del umbral; preparar el formato CNE_ELECTRICIDAD_02
Mercado · trato transitorioMientras no se actualicen las Reglas, el SAEE se trata como carga al retirar y central al inyectarModelar ingresos con el esquema transitorio de ofertas y revisar al actualizarse las Reglas
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Voz del sector

Cómo lo leen los expertos

Esta guía contrasta el texto oficial con la interpretación de despachos e integradores líderes. Coincidencias:

Es el primer marco completo del país

Los análisis legales coinciden: junto con la LSE y el RLSE, estas disposiciones son el primer marco regulatorio integral para integrar, operar y participar en el mercado con almacenamiento en México. DLA Piper Greenberg Traurig

Lo que más importa al director

Las guías para ejecutivos subrayan tres preguntas: qué problema resuelve el almacenamiento (peak shaving, respaldo, excedentes o arbitraje), cómo afecta el contrato de interconexión, y si el retorno justifica la inversión según el perfil de carga y la tarifa. Integradores

Estructuración de proyectos

Aun sin permiso de almacenamiento, un proyecto asociado puede requerir modificar o migrar el permiso de generación, actualizar el contrato de interconexión y obtener la DEOC. DLA Piper ProjectFinance.law

Nota metodológica

Las interpretaciones citadas son de terceros y se incluyen como contexto. No sustituyen la lectura del texto oficial ni la asesoría legal específica.

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Decisión

Conclusiones y decisiones para el Consejo

  1. La figura define todo. Decidir si el proyecto es detrás del medidor o de mercado cambia permisos, costos, tarifas e ingresos.
  2. Detrás del medidor = simplicidad sin venta. Sin permiso, pero solo gestiona consumo propio; el retorno viene del ahorro.
  3. Mercado mayorista = más requisitos, más ingresos. Vende energía, Potencia y Servicios Conexos; el no asociado goza del 50% de descuento en tarifa de red.
  4. El respaldo propio es un costo a modelar — y una oportunidad de negocio para OPSLAG como proveedor de cobertura.
  5. Norma: una ruta, no dos. Certificar bajo IEC o UL según el equipo, más NOM, Código de Red y grid forming; confirmar la ruta con el organismo de certificación.
  6. El CENACE marca los tiempos. Los estudios determinan el cronograma real; anticiparlos es la diferencia entre un proyecto viable y uno detenido.
  7. Ventana abierta ahora. El marco está vigente y los formatos publicados. Posicionar proyectos hoy, con seguimiento a los pendientes regulatorios.