Reactivación de trámites por parte de la Comisión Nacional de Energía: una nueva etapa para la infraestructura energética en México
- Christian Lara
- 12 jun
- 4 Min. de lectura
La Comisión Nacional de Energía reanuda formalmente los plazos administrativos que regirán el desarrollo de proyectos energéticos en México. OPSLAG analiza las implicaciones para el sector de almacenamiento con baterías (BESS).
Con la publicación del Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, se pone fin a la suspensión temporal de trámites heredados de la extinta CRE. Esta medida abre paso a una etapa crítica de reorganización, cumplimiento y reactivación de proyectos energéticos estratégicos.
Contexto regulatorio: del cierre de la CRE al arranque operativo de la CNE
El 5 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se reanudan los plazos y términos aplicables a los procedimientos regulatorios bajo la jurisdicción de la Comisión Nacional de Energía (CNE). Esta reanudación entra en vigor el 6 de junio y marca el final del periodo de transición tras la extinción de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Este proceso implica que la CNE asume plenamente sus funciones operativas, una vez completada la transferencia de expedientes, sistemas, información y documentación desde la CRE y la Secretaría de Energía (SENER). Así, se restablecen las vías formales para la atención de trámites, emisión de resoluciones, inspecciones técnicas y seguimiento de obligaciones regulatorias.
El Acuerdo representa un instrumento clave de estabilización institucional, necesario para que los actores del sector eléctrico y de hidrocarburos puedan retomar su planificación y ejecución de proyectos dentro de un marco normativo vigente.
Qué trámites pueden (y no pueden) atenderse desde el 6 de junio
El documento detalla que, a partir de su entrada en vigor, la CNE retomará la atención de los asuntos de su competencia, con cinco excepciones clave, en las que todavía no es posible presentar nuevas solicitudes:
Nuevos permisos de generación eléctrica, salvo que se trate de proyectos prioritarios que garanticen el suministro eléctrico en regiones con déficit.
Nuevos permisos para expendio, distribución o comercialización de hidrocarburos y petrolíferos, también limitados a proyectos prioritarios para el abasto de combustibles en zonas estratégicas.
Solicitudes de modificación de la estructura de capital social que impliquen un cambio de control corporativo o de gestión.
Actualizaciones por cambios en la estructura accionaria o por cambio de marca comercial de permisionarios existentes.
Determinaciones o ajustes de contraprestaciones, precios y tarifas en actividades reguladas como transporte por ducto, almacenamiento y distribución.
Para todos estos casos, las solicitudes podrán retomarse una vez que se publiquen los reglamentos específicos de los sectores involucrados: eléctrico, hidrocarburos y planeación energética.
Además, la CNE requerirá opinión favorable de SENER para determinar qué proyectos califican como prioritarios, lo que representa una oportunidad estratégica para las empresas que logren alinear sus iniciativas con las metas nacionales de cobertura y resiliencia energética.
Implicaciones directas para desarrolladores, permisionarios y operadores
El Acuerdo también establece diversas obligaciones temporales dirigidas a regularizar el estado de los trámites detenidos durante la suspensión:
Ratificación de trámites anteriores: Cualquier solicitud presentada ante la CRE antes del 18 de marzo de 2025 deberá ser ratificada ante la CNE a más tardar el 19 de junio de 2025, de lo contrario, se tendrá por concluida.
Recepción retroactiva de documentos: Los escritos y solicitudes ingresados durante la suspensión se considerarán formalmente presentados a partir del 6 de junio.
Reportes regulatorios pendientes: Se otorgan 15 días hábiles desde la entrada en vigor del Acuerdo para que los permisionarios presenten todos los reportes obligatorios que no pudieron entregarse durante el periodo inactivo.
Reexpedición de certificados de cumplimiento: Las Unidades de Inspección que emitieron certificados de interconexión o conexión entre marzo y junio deberán reemitirlos electrónicamente en un plazo máximo de 30 días naturales, o quedarán sin efectos.
Continuidad normativa: La regulación emitida por la CRE continuará aplicándose en todo aquello que no contravenga la nueva legislación energética.
¿Qué significa esto para OPSLAG y el sector BESS?
Para OPSLAG y los actores involucrados en soluciones de almacenamiento energético, esta reactivación de plazos representa una ventana crítica de acción estratégica. Aunque la CNE aún no acepta solicitudes de nuevos permisos de generación, los proyectos catalogados como prioritarios tienen la posibilidad de avanzar, siempre y cuando logren respaldarse con datos de impacto regional y alineación con metas nacionales.
Esto tiene implicaciones directas en:
Prospección y diseño de proyectos: Es el momento ideal para desarrollar estudios técnicos, modelos financieros y argumentos regulatorios que posicionen las soluciones BESS como infraestructura crítica en zonas vulnerables.
Gestión de cumplimiento: Los desarrolladores deben revisar si cuentan con trámites ingresados antes de marzo y proceder a ratificarlos a tiempo. También es vital reemitir certificados e informes técnicos que quedaron pendientes.
Vigilancia normativa: La próxima publicación de nuevos reglamentos abrirá nuevas oportunidades y posibles ajustes de criterios. Es indispensable monitorear el boletín oficial y mantener contacto cercano con autoridades y asesores.
Conclusión
La reanudación de plazos por parte de la Comisión Nacional de Energía marca el reinicio oficial del marco regulatorio mexicano en el sector energético. Para OPSLAG, esto representa una oportunidad para consolidar proyectos de almacenamiento como parte de las soluciones prioritarias en la transición energética nacional.
Nuestro compromiso es mantenernos a la vanguardia regulatoria, asegurando que cada proyecto que desarrollamos esté diseñado, justificado y alineado con los objetivos nacionales de resiliencia, eficiencia y cobertura. La energía del futuro necesita una regulación funcional, y el futuro ha comenzado.